miércoles, 21 de noviembre de 2012

"MCDONALD´S CORPORATION VS MCDONALD´S CRIOLLO"



Quién podría suponer que un mismo nombre pueda llegar a ser parte de un litigio que conlleve cantidades descomunales, y es que, el registro de una marca, es decir patentar una marca hace la diferencia para utilizarla comercialmente.

El protagonista en esta historia es Mcdonald´s, y es que esta palabra en nuestro país ha conllevado a una demanda internacional. Todo comenzó cuando la ecuatoriana Olga Romero tras vivir varios años en Estados Unidos decide regresar al país y emprende su negocio de comida rápida llamado Mcdonald´s en el año de 1973, ya para 1974 la propietaria regista la marca ecuatoriana en la Dirección de Patentes y Marcas la misma que es aprobada, aunque en Estados unidos ya existía Mcdonald´s Corporation desde 1956.

El caso tomó el carácter de legal en 1981 cuando el negocio de Olga Romero había alcanzado una expansión con 11 locales abiertos y cuando la compañía estadounidense se enteró del funcionamiento de este establecimiento en Ecuador con su mismo nombre. La Corporación demandó a la ecuatoriana por el valor de 320 mil multiplicado por 20.

Tras llevar el juicio por varios años para el 2007 se llevaría cabo la sentencia final en la que se declaraba nula la demanda por el tiempo, pero que obligaba a Romero a cerrar el único local que perduró ubicado en el Centro Comercial América.

Este es un ejemplo claro de lo que puede hacer el hecho de tomar una marca patentada así sea ésta de otro lugar del mundo, y las cosas se agravan aún más cuando las autoridades legalizan algo que no puede ser legalizado.

Resulta importante que este tipo de patentes se regulen y sean difundidos para que no exista este tipo de litigios en donde se pierde grandes cantidades de dinero por ocupar marcas que ya existen en otros países.

PROYECTO DE LEY SOPA MÁS QUE UNA RESPUESTA A LA PIRATERÍA

martes, 20 de noviembre de 2012


PROYECTO DE LEY SOPA MÁS QUE UNA RESPUESTA A LA PIRATERÍA


¿QUÉ ES LA LEY SOPA?
El proyecto de Ley “Stop Online Pitacy Act” conocida como Ley SOPA que en español significa: “Para los Actos de la Piratería en Línea” es una propuesta para la legislación de Estados Unidos propuesta el 26 de octubre de 2011 por Lamar S. Smith y que el 19 de enero de 2012 abandonaron el proyecto tras protestas de empresarios en internet.
Quienes defendían esta propuesta se amparaban bajo la consigna de que es la única forma de combatir la descarga ilegal de contenidos con derechos de autor subidos a Internet. Es así, que en este aspecto ingresa el tema de las descargas gratis de música, libros, sin respetar los derechos de autor.
Entres sus defensores y propulsores se encuentran la Asociación Cinematográfica Estadounidense, la Asociación de la Industria Discográfica Estadounidense y la Asociación de Industrias Farmacéuticas Estadounidense y algunos legisladores que apoyan la legislación para garantizar los derechos de autor y estafadores en línea.

ASPECTOS NEGATIVOS:
Los opositores mantienen su posición frente al tema como una agresión a los derechos de la Primera Enmienda, esto significa, la censura en internet, y el atentado a la libertad de expresión. Incluso la Casa Blanca manifestó su temor a que la Ley pueda vulnerar las garantías jurídicas de las compañías que operan en internet y la libre expresión de quienes son usuarios

No sólo se refiere a los aspectos de derecho de autor, sino que, todas las series favoritas, que generalmente los usuarios bajan a su computador o simplemente lo ven en línea a través de algún sitio en Internet, incluyendo música y libros electrónicos principalmente, con la probación de esta Ley pueden ser sacados de la red junto con un bloqueo de la web que los distribuye.              

¿A QUIÉN AFECTA?
A diferencia del origen de la propuesta y lo que para muchos podría ser un tema de Estados Unidos, SOPA no solo afecta a este país ya que lo que propone es bloquear a nivel DNS sitios que podrían infringir derechos de propiedad intelectual o simplemente penalizar a un proveedor de servicios o intermediario que no ha hecho lo suficiente para detener a estos sitios.
Es por estas razones que empresas como Google, Facebook y Twitter se han unido para rechazar absolutamente estos proyectos de ley que según ellos van a destruir por completo la infraestructura del internet a nivel global, además de convertirlos en policías de sus usuarios y perder protecciones que ahora tienen. eBay y Mozilla también están en contra.
SOPA definitivamente va a influir en el Ecuador, y no solo del lado de quienes administramos un sitio web, sino como usuarios. Su objetivo, según fue presentado y promovido por varios representantes, es el de terminar con la piratería. Este, sin lugar a dudas, es un problema que efectivamente afecta a varias industrias. Sin embargo, debido a las atribuciones que el Procurador General tuviese si el proyecto de ley es aceptado, se estaría coartando la libertad de expresión de los usuarios de Internet, así como la operabilidad de varios sitios que generan contenido basados en el accionar de sus usuarios.

Como agregado, cabe mencionar que no se estaría atacando al problema real: La piratería, pues esta seguiría existiendo, cortando únicamente los canales mediante los cuales se pueden comunicar los usuarios con las fuentes que producen material violatorio a leyes de derecho de autor.

El problema radica en que la diferenciación entre “Sitios Domésticos” y “Sitios Extranjeros” dentro del texto de proyecto de ley es demasiado abierta y poco técnica. Esto afectaría enormemente a quienes tenemos proyectos en Internet dentro o fuera del territorio norteamericano.
SOPA trata de clasificar a los sitios web en dos grupos usando un lenguaje nada técnico y solamente basándose en su domino. Para este proyecto, un sitio web local es aquel que tiene un “nombre de dominio domestico o dirección IP domestica” y que han sido registrados o asignados por una autoridad que esté operando dentro de los Estados Unidos.

Esto es muy peligroso, pues sitios web como Hotwaves, cuyos servidores antes de la migración a Blogger se encontraban en Canadá, pueden ser objeto de aplicación de la ley SOPA (si se aprobase) debido únicamente a que el dominio es de primer nivel y fue registrado usando un agente norteamericano.

miércoles, 14 de noviembre de 2012

REGULACION DE CONTENIDOS DE INTERNET
 

Introducción:


El internet se ha convertido en la actualidad en una herramienta básica para el desarrollo de la vidas de las personas, ya que por medio de éste podemos realizar compras, transacciones bancarias, investigar, interactuar, etc. Es por ésta razón que el uso del internet se ha visto en la necesidad de ser regulado en algunos países del mundo. La magnitud de información y espacios de interacción puede generar acciones que atenten a las personas como los casos de discriminación, o el acceso libre de contenidos sin la clasificación por edades para el acceso a ellos.
Estas regulaciones, si bien es cierto, en los casos mencionados anteriormente resultan necesarios, también puede caer en atentar con la libertad de expresión de quienes tienen a internet como el único medio para expresarse sobre algún tema.

Contenido:

La plataforma de internet hoy por hoy representa una herramienta para el desarrollo de actividades cotidianas de la gente, tanto personal como grupal, es así que se la utiliza para buscar información, distracción, pero también en los trabajos y en los lugares de estudio.
Pese a este crecimiento y utilidad del internet, es importante señalar que en el mundo aún existe una gran cantidad de la población que no puede acceder a este medio, sin embargo, en nuestro país, en las ciudades en su mayoría es utilizado por los ecuatorianos.
En América Latina, en Argentina, Venezuela y Colombia se han realizado leyes que permitan un control de los contenidos que se difunden en este medio.
En Venezuela, por ejemplo, la ley sanciona a los medios por difundir mensajes que pudieran "hacer apología del delito", "fomentar zozobra en la ciudadanía" o los destinados a "desconocer a las autoridades legítimamente constituidas", entre otros.
También incrementa las multas, que llegan al "10% de los ingresos brutos del año anterior", además de la "suspensión del servicio por 72 horas continuas". Además, en caso de reincidencia en alguna falta, la ley establece la revocación definitiva de la señal de los medios radioeléctricos.
En Ecuador, aún no existe una ley que permita regular los contenidos en internet, pero los ecuatorianos hacemos uso de esta herramienta tanto en diarios electrónicos, páginas web o webpage, chat y mail, es ahí donde entra en discusión la regulación de éstos contenidos, sobre todo por lo que se regulará y quienes lo harán.


Conclusión:

Existe una línea delgada entre la regulación de contenidos de internet y la libertad de expresión en este medio, Tomando el ejemplo de leyes de países vecinos, resultaría una herramienta útil siempre y cuando dicha regulación no respondan a intereses particulares, y que se regule contenidos perjudiciales, mas no contenidos de denuncia. 

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